Normas

Cumplimos con la reglamentación vigente en materia de transporte federal:

 

REGLAMENTO DE TRÁNSITO EN CARRETERAS FEDERALES

Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 1995

TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 08-08-2000

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Presidencia de la República.

LUÍS ECHEVERRÍA ÁLVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que me confiere la Fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política Federal y con fundamento en los Artículos 10, Fracciones XI, XII y XIV de la Ley Federal de Secretarías y Departamentos de Estado y Fracciones VI y VII, 2o. y 3o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, así como en las disposiciones del capítulo II, Título Segundo, del Libro Segundo y demás relativas del propio ordenamiento legal, y

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que entre otras facultades corresponde al Ejecutivo Federal a mi cargo, el control y vigilancia de las vías generales de comunicación y de los medios de transporte que operan en ellas.  

 

 

Lunes 24 de julio de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 17

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

NORMA Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2000, Transporte terrestre-Servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga y transporte privado-Condiciones físico-mecánica y de seguridad para la operación en caminos y puentes de jurisdicción federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-068-SCT-2-2000, TRANSPORTE TERRESTRE-SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJE, TURISMO, CARGA Y TRANSPORTE PRIVADO-CONDICIONES FISICO-MECANICA Y DE SEGURIDAD PARA LA OPERACION EN CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCION FEDERAL.

AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte, en mi carácter de Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, IX, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 38 fracción II, 40 fracciones III, XVI y XVII, 41, 43 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o. y 5o. fracciones IV y VI y 39 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 3o. y 6o. fracción II del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares; 81 del Reglamento del Transporte en Carreteras Federales; 14 del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal; 41, 42 y 43 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos; 1o., 6o. fracciones XIII y 19 fracciones X y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables, y  

 

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

NORMA Oficial Mexicana NOM-01-SCT-2-2000, Placas metálicas, calcomanias de identificación y tarjetas de circulación empleadas en automóviles, autobuses, camiones, midibuses, motocicletas y remolques matriculados en la República Mexicana, licencia federal de conductor y calcomania de verificación físico-mecánica- Especificaciones y métodos de prueba.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Dirección General de Autotransporte Federal.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-01-SCT-2-2000, PLACAS METÁLICAS, CALCOMANIAS DE IDENTIFICACIÓN Y TARJETAS DE CIRCULACIÓN EMPLEADAS EN AUTOMÓVILES, AUTOBUSES, CAMIONES, MIDIBUSES, MOTOCICLETAS Y REMOLQUES MATRICULADOS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, LICENCIA FEDERAL DE CONDUCTOR Y CALCOMANIA DE VERIFICACIÓN FÍSICO-MECÁNICA- ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte, en mi carácter de Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en lo dispuesto en loa artículos 36 fracciones I, XII, XXV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 40 fracciones